Nuevas restricciones frente al Covid-19

Nuevas restricciones frente al Covid-19

Las medidas limitan el fumar en la vía pública, adelantan el horario de cierre en la hostelería, cierran las discotecas y aumentan las pruebas PCR en las residencias sociosanitarias

El Gobierno de Navarra aprobó un nuevo Decreto Ley Foral de medidas extraordinarias acordadas de forma unánime por las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para responder al incremento de casos positivos por Covid-19. Entre las más destacadas, la limitación del tabaco en la vía pública, el cierre de discotecas, la limitación de horarios de cierre en la hostelería y el aumento de pruebas PCR en poblaciones de riesgo.

Una parte de las medidas acordadas ya estaban en marcha, principalmente aquellas relacionadas con el blindaje de los centros sociosanitarios, cribados y actuaciones específicas en brotes así como la recomendación de limitar los encuentros sociales y familiares. El Decreto Ley Foral entró en vigor el 18 de agosto. Con el fin de evitar al máximo la propagación de contagios de y proteger la salud pública en la Comunidad Foral, el Gobierno de Navarra considera necesario trasponer a la normativa navarra las nuevas limitaciones acordadas por unanimidad en el Consejo Interterritorial, en una actuación conjunta y coordinada con el Ministerio de Sanidad y el resto de comunidades autónomas.

Nuevas normas
– Se prohíbe fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros siendo aplicable además a cualquier dispositivo de inhalación del tabaco, pipas de agua, cachimbas o similares.
– Prohibición con carácter general en toda Navarra de celebraciones de convivencia y ocio con consumo del alcohol (tipo botellón y similares) en la vía pública, parques y plazas públicas y en otros lugares de tránsito público.
– Se prohíbe la actividad de los establecimientos con licencia de salas de fiesta y discotecas, con y sin actuaciones musicales en directo.
– Cierre de los establecimientos con actividad de hostelería, restauración y terrazas a las 01:00 horas, incluidas las labores de desalojo del establecimiento, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00.00 horas. El mismo horario de cierre seguirán los salones recreativos, cibercentros, salas de bingo, salones de juego y salones deportivos.
– Las sociedades gastronómicas y peñas deberán permanecer sin uso a partir de las 01.00 horas, incluido el desalojo.
– En el ámbito hostelero se adoptan medidas ya conocidas como que los establecimientos de bar, cafetería, restaurantes y terrazas deberán garantizar una distancia de 1,5 metros en el servicio de barra. También se garantizará la misma distancia mínima entre las mesas o grupos de mesas (con grupos máximos de 10 personas).
– En el ámbito sanitario, en caso de brote epidémico, las autoridades sanitarias realizarán cribados con pruebas PCR en aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas, tales como residentes en centros sociosanitarios, barrios con transmisión comunitaria, centros educativos, bloques de viviendas afectadas, colectivos vulnerables, y cuantos se consideren convenientes por la autoridad sanitaria.
– En los centros sociosanitarios de carácter residencial, en las áreas de personas mayores y discapacidad, se realizarán PCR a todos los nuevos ingresos con 72 horas de antelación como máximo. También se realizarán PCR a todas las personas trabajadoras que regresen de permisos y vacaciones, y a nuevos trabajadores que se incorporen.
– Las visitas a las personas residentes de estos centros se limitarán a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día (con excepciones en personas que se encuentren al final de su vida).
– Autorización de eventos multitudinarios. En aquellos que se prevean celebrar, se deberá realizar una evaluación de riesgo previa por parte del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, siguiendo los criterios de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Una vez realizada esta evaluación, se autorizará por el órgano competente, previo informe preceptivo y vinculante del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

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