
El cambio realizado abre la posibilidad de autorizar nuevas actividades comerciales vinculadas al ámbito de la bioeconomía e iniciativas de educación y sensibilización ambiental, con el objetivo último de favorecer una dinamización rural respetuosa.
Esta actualización normativa responde a la demanda social planteada por el Patronato del Parque, órgano de carácter consultivo conformado por representantes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de las Entidades Locales limítrofes, la Junta de Pastos de Urbasa-Andía, la Junta de Montes, Limitaciones y la Federación Navarra de Montaña, entre otros agentes.
El decreto foral aprobado modifica el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Urbasa y Andía, aprobado por Decreto Foral 267/1996, de 1 de julio. Las actividades que se lleven a cabo deberán ser autorizadas por el departamento del Gobierno de Navarra competente en Medio Ambiente y ser compatibles con la conservación de los valores naturales y con las medidas propuestas en el Plan de Gestión de la ZEC Urbasa –Andía.
El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Urbasa y Andía se impulsó hace ahora 30 años para garantizar la conservación de los valores naturales de este parque natural de 21.000 hectáreas. Dado el tiempo transcurrido desde su aprobación, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ha considerado que la norma precisaba de una actualización, en respuesta a una demanda expresada también por los distintos sectores que conforman el Patronato del Parque de Natural.
La normativa modificada ya permitía, previa autorización, la instalación de puestos de venta de productos artesanales gestionados por habitantes de la zona, la continuidad de los establecimientos hosteleros vigentes, siempre que cumplieran la normativa establecida, y los puestos de venta de refrescos y helados en los lugares habilitados para ello, así como el uso del Palacio de Urbasa con fines turísticos, siempre que no implique ampliar la superficie construida.
