La empresa de lodos no iniciará su actividad en Igúzquiza

La empresa de lodos no iniciará su actividad en Igúzquiza

El Juzgado Contencioso Administrativo de Pamplona respalda al Ayuntamiento en su decisión de no otorgar la licencia de apertura a Áridos Reciclados de Navarra S.L.(Arena)

El Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Pamplona ha respaldado al Ayuntamiento del Distrito de Igúzquiza en su decisión de no otorgar la licencia de apertura de la planta de lodos en suelo rústico de la localidad. Esta sentencia desestima la demanda interpuesta por Áridos Reciclados de Navarra SL (ARENA) y ampara la actuación del Consistorio.

De esta manera, la decisión judicial impide a la empresa de lodos iniciar su actividad en Igúzquiza. A ello se refería el alcalde del Distrito de Igúzquiza, José Ignacio Urra, en una nota de prensa. “Podemos respirar con tranquilidad, la justicia por fin nos da la razón y podemos seguir protegiendo Montejurra de una actividad potencialmente contaminante. Sin entrar en valoraciones ajenas, desde el Ayuntamiento hemos hecho un trabajo escrupuloso en el ámbito administrativo para hacer cumplir con la legalidad, proteger Montejurra y defender el medio ambiente”, expresó el alcalde.

La sentencia en concreto refrenda que la documentación de obras presentada por la empresa se encuentra incompleta y/o desajustada a la realidad y consecuentemente no refleja la realidad de las obras ni el estado actual de las instalaciones. “Se ha demostrado que este proyecto no se ajustaba a normativa y que la empresa no hizo ningún esfuerzo en subsanar nada menos que 26 aspectos que se debían modificar o ejecutar para poder otorgar la licencia de apertura de la nueva actividad solicitada por esta planta”, añadía el alcalde.

Histórico

El Ayuntamiento de Igúzquiza otorgó licencia de actividad a Áridos Reciclados de Navarra SL en 2011. Dicha empresa solicitó a posterior una ampliación de actividad, siendo otorgadas licencias de obras y actividades en 2013. Finalmente presentó un fin de obra y licencia de apertura una vez se inició expediente de caducidad por parte del Ayuntamiento.

Sin embargo, nunca se ha llevado a cabo ninguna actividad en esta parcela, ya que nunca se concluyó el proyecto como tal. En este suelo rústico, se dio autorización por parte de Gobierno de Navarra, pero la empresa a posterior amplió el proyecto, lo que el Ayuntamiento consideró desajustado y así lo ratificó un informe. Con el paso del tiempo y la inactividad en la parcela, el Ayuntamiento tramitó la caducidad de la licencia de actividad.

ARENA interpuso una demanda al respecto y desde los Tribunales se consideró que esa licencia no se podía caducar. El Ayuntamiento acató las sentencias, pero comprobó si todas las medidas correctoras impuestas por los organismos implicados para este proyecto (Obras Públicas, Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, ORVE, Plan Urbanístico…) estaban cumplidas, como es su obligación según la ley.
Al certificar que sólo se había subsanado uno de los 26 requisitos exigidos, se archivó el expediente por parte del Ayuntamiento; actuación refrendada por la reciente sentencia judicial.

Cabe señalar que la empresa ARENA deberá cargar con las costas de este proceso judicial, importe que se suma al expediente sancionador que la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio interpuso a esta compañía por vertido de residuos en la finca en cuestión.

Como ya ha expresado en otras ocasiones el primer edil de Igúzquiza, “la actividad contemplada en esta parcela es muy complicada de controlar, puede haber desbordes, y hay que tener en cuenta que está en una ladera, en la falda de Montejurra, con el río Ega debajo y los pueblos muy cerca. La falda de Montejurra no es el lugar idóneo para el compostaje de lodos”.

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